RECTORES Y DIRECTORES RURALES

La resolución 623 del 2020, manifiesta que la práctica laboral es una actividad pedagógica adelantada por un estudiante, para desarrollar competencias básicas, transversales y laborales en escenarios de trabajo real, que lo preparan para su desempeño autónomo en el mercado laboral”, por lo tanto, los practicantes en ningún caso pueden o deben reemplazar a los docentes, profesionales o a cualquier otro personal adscrito al escenario de práctica -institución educativa oficial asignada-, y las actividades que desarrollen deben versar sobre asuntos establecidos por el programa académico o formativo respectivo que cursan y estar en armonía a las necesidades del escenario de práctica laboral.
Por lo anterior, la práctica laboral hace parte de un proceso formativo en un entorno laboral real y se establece que en ella participan tres sujetos: el estudiante (practicante), el escenario de práctica (institución educativa oficial) y la institución educativa (institución de educación superior).

Importante precisar que los directivos docentes y maestros son corresponsables en este proceso formativo de los practicantes, por lo tanto lo deben asumir con gran responsabilidad y determinación para contribuir en el óptimo desempeño profesional de los futuros docentes en el ámbito oficial.

*Para consultar las responsabilidades de los establecimientos educativos oficiales como escenarios de práctica laboral le recomendamos consultar la circular N° 202360000214 de 2023 “orientaciones para la gestión del programa de prácticas laborales en las Instituciones Educativas de Carácter Oficial, del Distrito de Medellín.” que encontrará en el módulo de normatividad.

 El formulario ya no permite más solicitudes. 

Nota: Con el diligenciamiento del formulario autorizo a la Secretaría de Educación de Medellín para que incluya los datos personales aquí consignados en sus bases de datos; y me doy por enterado (a) de los derechos que tengo de consultarlos, actualizarlos, rectificarlos y suprimirlos en cualquier momento. Autorizo el envío de correos electrónicos a la dirección que he señalado. Asimismo, comprendo que esta autorización es requerida, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios.

Adicionalmente, autorizo la utilización de mi imagen en material fotográfico y audiovisual que resulte del presente proceso y que, a su vez, se utilice para cualquier tipo de fijación, reproducción, comunicación al público, transmisión o radiodifusión. Las sesiones donde se captó mi imagen fueron realizadas bajo mi total consentimiento y en ningún momento se me trasgredió la dignidad o se me violó derecho alguno en especial el honor, intimidad, buena imagen y buen nombre. De igual manera, conozco y acepto el alcance de la divulgación pública.
Esta autorización es gratuita y no tiene límite temporal ni territorial.